México tiene nueva normativa sobre Transporte.
junio 1st, 2015NOM-068 emitida por la SCT:
La Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones físico-mecánicas para limitar el tránsito de vehículos que prestan el Servicio de Autotransporte Federal de Pasaje, Turismo, Carga y Transporte Privado, en caminos y puentes de jurisdicción federal dentro de los Estados Unidos Mexicanos, así como los procedimientos de inspección y verificación para determinar dichas limitaciones.
Asimismo, se complementa con otras siete NOMs o Normas Mexicanas vigentes o las que las sustituyen, relacionadas: la NOM-012-SCT-2; la NOM-35-SCT-2; la NOM-040-SCT-2; la NOM-067-SCT-2/SECOFI; la NOM-008-SCFI; la NOM-011-SECRE; la NOM-100-STPS, y la NMX-D-225-IMNC-2013.
La nueva normatividad se fundamenta en diversos articulados de las siguientes legislaciones: la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y el Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; el Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, así como del Reglamento Interior de la SCT.
La NOM-068-SCT-2-2014 se pone en vigor luego de cumplir con diversos procedimientos, entre ellos que el pasado 23 de junio de 2014 la Comisión Federal de Mejora Regulatoria emitió Dictamen Final mediante oficio COFEME/14/1425, y en fecha 04 de agosto de 2014, la misma Comisión emitió oficio COFEME/14/1905, a fin de proceder a su publicación.
Fuente: http://www.sct.gob.mx/uploads/media/COMUNICADO-040-2015.pdf
existe algún reglamento oficial que prohíba el uso de auto compartido en México?
Hola Jorge, desconocemos del tema del uso de auto compartido, Suerte con tu pregunta!!!
Los lineamientos para vehículos son los mismos para transporte a aeropuertos que para transporte regular?
No Marco, cada sistema de transporte tiene sus propios lineamientos.
Cual es la principal ley de la logistica?
Ley Nº 1. UN BUEN LOGÍSTICO PLANIFICA, NO IMPROVISA.
La actividad de transporte o almacén es algo que carece de la rigurosidad y dominio de las circunstancias que tiene una cadena de producción. Pero es algo que puede planificarse, teniendo en cuenta múltiples variables, como retrasos, actividades alternativas, dimensionamiento, preparación previa, etc. Planifica todo lo que puedas y prepárate para lo imprevisto.